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miércoles, 27 de mayo de 2015

First Exercise What Are Perks?

What's In a Comprehensive Employee Benefits Package?
Smaller employers tend to offer fewer components in the employee benefits package – and sometimes, no benefits at all. But, the majority of large companies and virtually all public sector government employers provide an extensive employee benefits package.

Small businesses that are growing and expanding need to plan a careful phase-in of employee benefits so that as you grow, you continue to attract and retain the talent you need for further growth and expansion. Employers can expand this employee benefits package, as resources allow.
With an almost endless variety of potential employee benefits that are listed in Are You Getting the Best Benefits From Your Benefits? and wished for in What Employee Benefits Would You Love to Have or Offer?, an employer can customize an employee benefits package to the needs and desires of its employees.
These are the components of an attractive employee benefits package. No laws require an employer to offer these voluntary employee benefits.
An employee benefits package includes:
·                     Paid Holidays
·                     Paid Vacation Days
·                     Paid Sick Days
·                     Paid Personal Days
·                     Bereavement or Funeral Leave
    
EXERCISE:

1.                   Underline the cognates that you find in the text.

2.                   Answer the following questions in Spanish and according to the reading:
a.                   Which are the companies that offer major benefits to the employees?

Las Grandes Compañías los Empleados del Gobierno el Sector Público.

b.                   What happens when the small businesses are growing?

Necesitan crear una cuidadosa fase para los empleados enfocándose en los beneficios del Empleado y de los recursos que lo permiten.

c.                   What does an employee benefits package include?

Vacaciones pagas
Días feriados pagos
Días de reposo pago
Días del personal pagos
Permisos o salidas a cortejo fúnebre o pérdida de ser querido.

3.                   Make a brief summery about the reading, make it in Spanish.

Un completo y beneficioso paquete de empleados incluye, beneficios para todos en su mayoría     en grandes compañías y en el sector público, los cuales proporcionan excelentes paquetes a   
empleados, los pequeños negocios están creciendo y expandiéndose y deben planear una   
cuidadosa fase para empleados para continuar atrayendo talento humano e ir más lejos.





viernes, 18 de julio de 2014

ANTIGÜEDAD Y PRESTACIONES SOCIALES


  Todos los trabajadores una vez que ingresen a laborar en cualquier organización tienen derecho de antigüedad y por ende a prestaciones sociales ello se transforma en la justa distribución de las riquezas las prestaciones sociales son de exigibilidad inmediata la mora en su pago genera intereses, el patrono depositará el equivalente a 15 días cada trimestre, después del primer año de servicio, depositara 2 días de salario, por cada año, hasta 30 días de salario, esto es la recompensa por la antigüedad en el servicio. Los depósitos trimestrales y anuales se efectuarán en un fideicomiso individual o podrá ser acreditada en la contabilidad de la entidad de trabajo donde labora el trabajador; en caso de cesantía se calcularán al último salario las prestaciones sociales con base a 30 días por cada año de servicio o fracción superior a los 6 meses, el pago de este derecho se hará dentro de los cinco días siguientes a la terminación de la relación laboral, si la relación de trabajo termina antes de los tres primeros meses, el pago que le corresponde será de 5 días de salario por mes trabajado.  

    El trabajador tendrá derecho al anticipo de hasta de un 65% de lo depositado como garantía de sus prestaciones sociales, para la construcción, adquisición, o de viviendas; la liberación de hipoteca la inversión en educación y los gastos por atención médica y hospitalaria cosa que no debería ser porque la mayoría de las organizaciones brindan un seguro HCM descontado directamente de la nómina e igualmente se cuenta con las misiones médicas, el IVSS y la red de salud pública que brinda el Estado Venezolano, a través del MPPS.

martes, 15 de julio de 2014

LEY ORGÁNICA DE PREVENCIÓN, CONDICIONES Y MEDIO AMBIENTE DEL TRABAJO

   Es una ley muy completa que trata de dignificar a los trabajadores a través de los puestos de trabajo ya que garantiza condiciones, prevención, salud, seguridad y bienestar en el trabajo; está en la obligación de cumplir con lo establecido, es la dependencia laboral que existe entre uno o varios trabajadores con su patrono. Todo ello nace a partir de la identificación de los riesgos entendido este como la posibilidad de ocurrencia de un siniestro, el cual puede ser causado o no, directo o indirecto de una acción, sea este efecto de una imprudencia, impericia o negligencia de quien la realiza, a través de ello podemos determinar que las organizaciones no están funcionando bien puesto que no se hacen estos análisis de riesgos y mucho menos se hace la tipología del mismo casi siempre ello se lleva a cabo solo despues de cuando ha ocurrido un accidente laboral es entonces cuando comienzan a actuar las coordinaciones y comités de seguridad correspondiente. 

  Por ello es necesario e imprescindible que se estudien las condiciones de trabajo de cada trabajador desde lo mas general hacia lo mas especifico, desde lo organizativo hasta lo funcional que puedan tener afectación en en la salud física, social y mental del trabajador, garantizando saneamiento básico, protección a la maternidad atención medica necesaria se asegure de que se reciban las capacitaciones ante emergencias y desastres y los niveles de auto-protección ante la ocurrencia de ello en la actualidad esto no ocurre y existen organizaciones que creen que instauran los comités y luego los transforman en sindicatos perdiendo la esencia de lo que se desea con la ley afectando la corrección de fallas, daños accidentes o cualquier otra situación que afecte la seguridad o salud de los trabajadores.


RELACIÓN LABORAL



   Este termino es usado para todas las relaciones contractuales entre el empleador y el trabajador, en el cual el trabajador pone a disposición del empleador su capacidad física e intelectual para desarrollar una actividad determinada, para que exista la relacion laboral deben estar presentes tres elementos que son la subordinación, la remuneración que es el sueldo y salario, es uno de los elementos importantes en el mantenimiento de una relación de trabajo armónica. La mayoría de los conflictos y usualmente las cuestiones más controvertidas, están relacionadas con el salario. Ya que si no existe no hay motivacion de parte del trabajador igualmente cuando este no esta acorde con el sistema de remuneracion establecido por esfuerzo físico o mental que contribuye en el proceso productivo a obtener un bien de uso o brindar un servicio. En todas las organizaciones ello debería funcionar de este modo, con ello se le evita al trabajador estar a la expectativa dentro de la empresa, y del mismo modo se evita que este sometido al poder de subordinación constante de parte de la empresa que lo contrata; de manera que el contratante tenga la facultad de impartir órdenes que el trabajador está obligado a cumplir, siempre y cuando se ajusten a la ley y a lo pactado en el contrato.

   Por eso es imprescindible que este exista para que la ley lo reconozca como tal es supremamente necesaria la presencia de esos tres elementos en el contrato de trabajo para algunos es un formalismo en el cual se pactan ciertas condiciones pero que en ningún momento afectan la relación laboral, la persona que aporta el trabajo se denomina trabajador, la que aporta el capital se denomina empleador o patrono. 
 
   El trabajador siempre es una persona física, en tanto que el empleador puede ser tanto una persona física como una persona jurídica toda vez que esta se da por sí misma como consecuencia de la existencia de una realidad en la que se configuren los famosos tres elementos previamente mencionados.

LEY DE ALIMENTACIÓN PARA LOS TRABAJADORES Y LAS TRABAJADORAS


Gaceta Oficial. N° 39.666 del 04 de Mayo de 2011,
Decreto Nº 8.189 del 03 de Mayo de 2011

Es una ley que se encarga de regular el beneficio de alimentación para asi proporcionar una mayor productividad laboral, en los sectores: Público y Privado, esta Ley corresponde a beneficiar al trabajador con comidas balanceadas para ello estará a cargo un órgano competente en materia de nutrición, es importante destacar que a ciencia cierta no se sabe en qué organizaciones esto se aplica, debido a que quienes gozan de este beneficio están sufriendo seriamente de problemas de diabetes, colesterol, grasas, sobrepeso, por citar algunas enfermedades nutricionales, justamente porque no existe un ente que se encargue de orientar a los trabajadores como alimentarse.



Es entonces donde el patrono prefiere la provisión o entrega al trabajador de cupones, tickets o tarjetas electrónicas de alimentación, emitidas por empresas especializadas en la administración y gestión de beneficios sociales para con ello obtener comidas o alimentos en restaurantes o establecimientos de expendio. Pero los analistas en talento humano se habrán preguntado
¿Que ingiere su personal?,
¿Si es sano?,
¿Saludable?,
¿Proporcionan las vitaminas y minerales, para un excelente rendimiento en el área laboral?
y además si ello alcanza para el pago en comidas de alrededor de 15 días???.

Entonces sigue persistiendo la mala nutrición entre los trabajadores ya que muy pocos destinan este beneficio para la compra de alimentos sin procesar para ser preparados en los hogares y ser degustados en el lugar de trabajo, donde además no gozan con espacios acondicionados para tales fines

Es importante destacar que durante la jornada laboral deben implementarse los comedores propios o empresas de distribución de alimentos operadas por el empleador o contratados con terceros, en el lugar de trabajo o en sus inmediaciones, si las organizaciones intentaran implementar esto quizá pudiese evitar algunas enfermedades como las mencionadas anteriormente, pero el patrono por razones de instalaciones físicas para comedores y cosinas y por evitar hacer pagos que correspondan a personal extra como cocineros, ayudantes de cocina, nutricionistas, personal de mantenimiento, el empleador se evita cumplir con ello trayendo como consecuencia la reincidencia del problema nutricional.

CONVENCIÓN COLECTIVA



    Las contrataciones hechas a través de las convenciones colectivas comprende y ampara a todas las personas trabajadoras enfocadas a fijar las condiciones que regirán los contratos de trabajo. En relación con su tramitación, la convención colectiva con el sector público se presenta ante la autoridad administrativa, quien ordena su remisión al ente empleador y le solicita el envío de un estudio económico comparativo, que deberá emitir en breve lapso, a fin de conocer los costos de las condiciones de trabajo vigentes y de las aspiraciones de los trabajadores.

    La convención colectiva se presenta ante la autoridad administrativa, quien ordena la tramitación de la misma y el inicio de las negociaciones, sin perjuicio de indicar a los solicitantes las observaciones y omisiones de carácter legal que estime pertinentes. Las negociaciones pueden realizarse, trabajadores patrono, teniendo como objetivo la conveniencia de los intereses de las partes y la equidad en el caso concreto. Las partes convocadas para la negociación pueden oponer defensas ante la autoridad administrativa, aprobada la convención colectiva se suscribe y deposita ante la autoridad administrativa, que puede realizar las observaciones y recomendaciones que estime convenientes, luego de lo cual surte plenos efectos jurídicos, lo cual revela el carácter normativo que la doctrina y la jurisprudencia le reconocen, el contrato colectivo de trabajo puede regular todos los aspectos de la relación laboral como salarios, jornada, descansos, vacaciones, licencias, condiciones de trabajo, capacitación profesional, régimen de despidos, definición de las categorías profesionales, se distingue por el denominado elemento obligatorio, que está conformado por aquellas cláusulas que señalan deberes u obligaciones recíprocos de las partes, las legislaciones prevén la realización de diversos actos, al cumplimiento de los cuales se sujeta la entrada en vigencia de la convención colectiva.

ESTATUTO DE LA FUNCIÓN PÚBLICA


Ley del Estatuto de la Función Pública.
Gaceta Oficial Nº 37.522 06 de Septiembre de 2002

Este estatuto obedece a regir las normas y funciones en la administración pública en órganos nacionales, estatales y municipales en los cuales el funcionario público será descrito como toda persona natural que desempeñe un cargo remunerado de carácter permanente; comprende la dirección, supervisión, control y gestión de los organismos adscritos e incluye la formación y capacitación de los RRHH que ingresen, hay que destacar que no todos los trabajadores del Estado son funcionario públicos por ende quedan excluidos aquellos que trabajen en: el Poder Legislativo, en el Servicio Exterior, el Poder Judicial, el Poder Ciudadano, el Poder Electoral, el SENIAT, La Procuraduría y el Personal que desempeñe labores en Universidades Publicas.

Esta Ley se apoya en el cumplimiento del marco regulador de la administración pública cosa que no es asi puesto que muchos funcionarios se aprovechan de sus cargos o nombramientos para realizar actos que están fuera del marco legal, asi mismo, algunas personas están confundidas en si son o no funcionarios públicos, es decir, creen que son funcionarios públicos por el hecho de trabajar para algún organismo del Estado, entonces aquello que indica capacitación y adiestramiento no se está cumpliendo a cabalidad por que no se esa dando a conocer este estatuto y por ende nacen impericias de este tipo. 
 
Otro punto importante resalta en promover que el funcionario público se identifique como un servidor, de lo cual difiero, porque ante infortunios en los cuales se han visto involucrados hacen que la situación se torne a favor de ellos, perjudicando asi a terceros, violando el principio de ser servidor público el cual debe caracterizarse por ser cortes, amable, honesto, empático ante cualquier situación presentada a fin de resolver cualquier adversidad buscando crear a través de la tolerancia y el optimismo un régimen que oriente la actuación de los funcionarios públicos con objetividad y condiciones de capacitación y experiencia técnica profesional estableciendo las normas que garanticen el acceso y acenso en la función pública.