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martes, 15 de julio de 2014

LOT Y LOTT


Nace a partir de la promulgación de la primera Ley del Trabajo del 23 de julio de 1928 y se afianza con la promulgación de la Ley del Trabajo del 16 de julio de 1936, que estableció un conjunto sustantivo de normas para regular los derechos y obligaciones derivados del hecho social del trabajo. A partir de este momento, la evolución de la legislación laboral venezolana ha discurrido en forma paralela con la historia de las luchas sociales de los trabajadores y de las trabajadoras de Venezuela. Haciendo un breve cotejo entre ambas leyes se destaca el incremento anual y fraccionado del sueldo y salario básico suben a 30 días las utilidades mínimas la base mínima de cálculo para el pago de utilidades y/o bonificación de fin de año era de 15 días. ahora es de 30 días, a través de las tablas de homologación, otro logro significativo es la aprobación de seis meses de pre y veinte semanas de post natal, a su vez los permisos por lactancia materna, licencia de 14 días remunerados y la inamovilidad desde el embarazo por protección especial para madres y padres por 2 años.

Es importante destacar que se goza de prestaciones desde el 1er mes cuando la relación sea de menos de 3 meses se deben cancelar 5 días por mes, anteriormente el trabajador no tomaba el beneficio prestacional sino luego del 3er mes después de haber aprobado el periodo de prueba el cual también fue eliminado. Como en la ley anterior los trabajadores tenían un año para acudir a los tribunales del trabajo y demandar a un patrono por incumplimiento de pago de prestaciones sociales, ahora contarán con 10 años para reclamos en materia de prestaciones.

La jornada laboral quedo en 5 días de trabajo y 2 de descanso, la anterior daba 6 de trabajo y 1 para descansar en 8 horas por día o 40 por semana anteriormente; la jornada semanal tenía una duración de 44 horas, eso implicaba la trabajar los días sábados. Los horarios actuales están comprendidos de noche sólo 7 horas tiene un tope de 35 horas por semana o 7 horas cada día, antes, era 8 horas con un tope semanal de 42 horas.

Los trabajadores contratados a tiempo determinado en la ley anterior el patrono podía rescindir el contrato con el simple pago del valor del mismo amparándose en las causales de despido, los trabajadores de dirección se mantienen fuera de la protección especial de estabilidad como lo establecía la anterior legislación, en la ley actual los trabajadores son amparados.

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